La incorporación de los técnicos a la
representación de los trabajadores y en última instancia a la negociación del
Convenio Colectivo es fundamental para el desarrollo de sus derechos. Tan
importante documento sirve como marco de referencia tanto en derechos como en obligaciones.
para ambas partes, de un lado los bancos, y de otro sus trabajadores
La regulación vigente sobre vacaciones, que nos
divide a los trabajadores en dos grupos, afecta más, en el caso de administrativos,
a cómo nos organizamos los trabajadores, que a cómo lo hacemos respecto a la
empresa, pues este derecho está ampliamente reconocido.
En banca, la regulación de las vacaciones ha pasado
por diversas etapas y en la fase actual, se tiene en consideración un aspecto
importante como es tener hijos en edad escolar. En general solo es necesario
que vayamos eligiendo alternativamente para que el cuadro de vacaciones quede
configurado.
Hasta hace pocos años, el grueso de la plantilla de
los bancos estaba conformada por una gran cantidad de trabajadores “no
apoderados”. Oficinas de 40 o 50
personas, tenían en el grupo de lo que ahora serían los técnicos: un director,
un interventor y tres o cuatro apoderados. Y por tanto estos tenían que ponerse
de acuerdo entre ellos y generalmente el director imponía su criterio, no tanto
en función de las necesidades de la empresa sino de su propia conveniencia
personal.
En esa tesitura, el convenio colectivo viene
recogiendo desde aquellos años, (Art. 26, IV) un apartado que se denomina
“Vacaciones del grupo de técnicos”, de apenas cinco líneas y media y en
concreto sesenta y nueve palabras, de las que la última frase es un derecho
reconocido en el Estatuto de los Trabajadores, si es que en el momento de la
publicación de esta circular, el Gobierno no lo ha derogado.
“Las vacaciones del personal de Grupo de Técnicos
se fijarán de mutuo acuerdo entre la empresa y el trabajador. Se tendrá en
cuenta, en su caso para el disfrute de las vacaciones el hecho de tener hijos
en edad escolar y preescolar. Igualmente deberán conocer su período de
vacaciones, por los medios habituales de la empresa, al menos con dos meses de antelación
a la fecha de su disfrute”.
Si bien es cierto que los técnicos no quedan
excluidos de los derechos que nos confieren a todos los trabajadores, en lo que
respecta a la “fijación de las fechas” si quedan sujetos a esta suigéneris
negociación de “mutuo acuerdo” es decir,
lo que hace más de veinte años tenía un cierto sentido, no lo tiene
ahora, que las plantillas se conforman con un 90 % de técnicos.
Esto pudiera explicar el interés que ha tenido la
banca en general y el BPE en particular para promover a técnicos a la mayoría
de empleados nuevos en cuanto cumplen dos años de antigüedad. Se consigue así
sacarlos de algunos de los derechos que
si quedan recogidos en el convenio para lo que hasta ahora había sido una
extensa plantilla de administrativos. Una prueba de ello es que en numerosas
ocasiones siguen haciendo funciones administrativas, con bajo poder de decisión
efectivo bajo control de directores e interventores, como antaño lo hicieran
los jefes de negociado con los administrativos de su departamento. Pero eso si,
para pedir las vacaciones han de contar con el beneplácito de la regional de
turno.
Esto es sólo un ejemplo, pero hay algunos más, y para
cambiarlo se hace imprescindible la participación de los técnicos en el movimiento
sindical regenerador que CGT te propone. Estamos esperando tu incorporación y
tu opinión, en este y múltiples temas.
¡Deja de ser espectador y
comienza a ser protagonista de tu vida laboral con la exigencia de tus derechos
y la configuración de unas condiciones laborales más justas y que no vayan
mermando conforme avanzas en tu desarrollo profesional. Salud.
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