lunes, 10 de marzo de 2014

TÉCNICOS - CONVENIO COLECTIVO Y VACACIONES -

La incorporación de los técnicos a la representación de los trabajadores y en última instancia a la negociación del Convenio Colectivo es fundamental para el desarrollo de sus derechos. Tan importante documento sirve como marco de referencia tanto en derechos como en obligaciones. para ambas partes, de un lado los bancos, y de otro sus trabajadores
La regulación vigente sobre vacaciones, que nos divide a los trabajadores en dos grupos, afecta más, en el caso de administrativos, a cómo nos organizamos los trabajadores, que a cómo lo hacemos respecto a la empresa, pues este derecho está ampliamente reconocido.
En banca, la regulación de las vacaciones ha pasado por diversas etapas y en la fase actual, se tiene en consideración un aspecto importante como es tener hijos en edad escolar. En general solo es necesario que vayamos eligiendo alternativamente para que el cuadro de vacaciones quede configurado.
Hasta hace pocos años, el grueso de la plantilla de los bancos estaba conformada por una gran cantidad de trabajadores “no apoderados”.  Oficinas de 40 o 50 personas, tenían en el grupo de lo que ahora serían los técnicos: un director, un interventor y tres o cuatro apoderados. Y por tanto estos tenían que ponerse de acuerdo entre ellos y generalmente el director imponía su criterio, no tanto en función de las necesidades de la empresa sino de su propia conveniencia personal.
En esa tesitura, el convenio colectivo viene recogiendo desde aquellos años, (Art. 26, IV) un apartado que se denomina “Vacaciones del grupo de técnicos”, de apenas cinco líneas y media y en concreto sesenta y nueve palabras, de las que la última frase es un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores, si es que en el momento de la publicación de esta circular, el Gobierno no lo ha derogado.
“Las vacaciones del personal de Grupo de Técnicos se fijarán de mutuo acuerdo entre la empresa y el trabajador. Se tendrá en cuenta, en su caso para el disfrute de las vacaciones el hecho de tener hijos en edad escolar y preescolar. Igualmente deberán conocer su período de vacaciones, por los medios habituales de la empresa, al menos con dos meses de antelación a la fecha de su disfrute”.
Si bien es cierto que los técnicos no quedan excluidos de los derechos que nos confieren a todos los trabajadores, en lo que respecta a la “fijación de las fechas” si quedan sujetos a esta suigéneris negociación de “mutuo acuerdo” es decir,  lo que hace más de veinte años tenía un cierto sentido, no lo tiene ahora, que las plantillas se conforman con un 90 % de técnicos.
Esto pudiera explicar el interés que ha tenido la banca en general y el BPE en particular para promover a técnicos a la mayoría de empleados nuevos en cuanto cumplen dos años de antigüedad. Se consigue así sacarlos de  algunos de los derechos que si quedan recogidos en el convenio para lo que hasta ahora había sido una extensa plantilla de administrativos. Una prueba de ello es que en numerosas ocasiones siguen haciendo funciones administrativas, con bajo poder de decisión efectivo bajo control de directores e interventores, como antaño lo hicieran los jefes de negociado con los administrativos de su departamento. Pero eso si, para pedir las vacaciones han de contar con el beneplácito de la regional de turno.
Esto es sólo un ejemplo, pero hay algunos más, y para cambiarlo se hace imprescindible la participación de los técnicos en el movimiento sindical regenerador que CGT te propone. Estamos esperando tu incorporación y tu opinión, en este y múltiples temas.

¡Deja de ser espectador y comienza a ser protagonista de tu vida laboral con la exigencia de tus derechos y la configuración de unas condiciones laborales más justas y que no vayan mermando conforme avanzas en tu desarrollo profesional. Salud.

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